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jueves, 12 de noviembre de 2009

LA NOTA CORTA. “CARAMELITOS DE VIDA” (III).NOTAS ÚTILES PARA LOS AVAROS, ENVIDIOSOS, MEZQUINOS Y AMBICIOSOS. *** LA AVARICIA ROMPIÓ EL SACO.(anónimo)


"LA CODICIA,LA MEZQUINDAD,LA ENVIDIA... SON CAMINOS AL INFIERNO". MEGF


LA NOTA CORTA. “CARAMELITOS DE VIDA” (III).NOTAS ÚTILES PARA LOS AVAROS, ENVIDIOSOS, MEZQUINOS Y AMBICIOSOS. *** LA AVARICIA ROMPIÓ EL SACO.(anónimo)

POR PROF. DR. MERVY ENRIQUE GONZÁLEZ FUENMAYOR
MARACAIBO.ESTADO ZULIA.REPÚBLICA DE VENEZUELA.AMÉRICA DEL SUR
REDACTADA Y TRALADADA A LA RED EN JUEVES 12 DE NOVIEMBRE 2009.

Para que definitivamente precisemos, aunque solamente sea a nivel de su significado, detengámonos en lo que la Real Academia Española, asume como Envidia, Avaricia, Mezquindad y Ambición, (En otros artículos hemos abordado a través de mis reflexiones tales actitudes y sentimientos y/o reflexiones, pero. Dejo a salvo, la oportunidad de referirme otra vez a esa temática). Transcribamos entonces lo señalado:
envidia.(Del lat. invidĭa).1. f. Tristeza o pesar del bien ajeno.2. f. Emulación, deseo de algo que no se posee. Comerse alguien de ~.1. loc. verb. coloq. Estar enteramente poseído de ella.


avaricia.(Del lat. avaritĭa).1. f. Afán desordenado de poseer y adquirir riquezas para atesorarlas.


mezquino, na.(Del ár. hisp. miskín, este del ár. clás. miskīn, este del arameo miskēn[ā], y este del acadio muškēnu[m], súbdito de palacio).1. adj. Que escatima excesivamente en el gasto.2. adj. Falto de nobleza de espíritu.3. adj. Pequeño, diminuto.4. adj. p. us. Pobre, necesitado, falto de lo necesario. 5. adj. desus. Desdichado, desgraciado, infeliz.6. m. En la Edad Media, siervo de la gleba, de origen español, a diferencia del exarico, que era de origen moro.
ambición.(Del lat. ambitĭo, -ōnis). 1. f. Deseo ardiente de conseguir poder, riquezas, dignidades o fama.
Ahora, pasemos a indicar alguna normativa, que bien convendría a los avaros, envidiosos, mezquinos, ambiciosos, miserables etc., asumir como parte de sus principios de decisiones y actuaciones:
NORMATIVA NECESARIA PARA AVAROS, ENVIDIOSOS, MEZQUINOS Y AMBICIOSOS.



3 ¿De qué le sirve la riqueza al mezquino y para qué tiene el avaro su fortuna?

4 El que acumula, privándose de todo, acumula para otros, y otros se darán buena vida con sus bienes.

5 El que es malo consigo mismo ¿con quién será bueno? Ni él mismo disfruta de su fortuna.

6 No hay nadie peor que el avaro consigo mismo, y ese es el justo pago de su maldad.

7 Si hace algún bien, lo hace por descuido, y termina por revelar su malicia.

8 Es un malvado el que mira con envidia, el que da vuelta la cara y menosprecia a los demás.

9 El ojo del ambicioso no está satisfecho con su parte y la ruindad reseca el alma.

10 El miserable mezquina el pan y tiene su mesa siempre vacía. (Fragmentos del Libro del Eclesiástico, capitulo 14)
Ojalá el mundo, la sociedad y el individuo logren comprender que sin Dios y sus enseñanzas, que sin cumplir sus designios, el destino de aquellos es su extinción.



"LA CODICIA,LA MEZQUINDAD,LA ENVIDIA... SON CAMINOS AL INFIERNO". MEGF

martes, 10 de noviembre de 2009

ORACIÓN “EN LA DUDA SEÑOR, CONSOLIDA MI FE”


LA ORACIÓN ES UN INSTRUMENTO EFICAZ PARA DISIPAR LAS DUDAS... MEGF.



ORACIÓN “EN LA DUDA SEÑOR, CONSOLIDA MI FE”

POR PROF. DR. MERVY ENRIQUE GONZÁLEZ FUENMAYOR
MARACAIBO.ESTADO ZULIA.REPÚBLICA DE VENEZUELA.AMÉRICA DEL SUR
REDACTADA Y PUBLICADA EN LA RED MARTES 10 OCTUBRE DE 2009.

O R A C I Ó N
Señor Jesús te alabo, te bendigo y te glorifico. Te ofrezco mi vida y mi alma, para que sean templo de santidad. A veces las dudas impregnan mi raciocinio, mi intelecto y mi fe en ti. Mis debilidades y desconfianzas me abaten y hacen que caiga en las visiones tortuosas que el mundo exhibe. Señor Jesús que tu preciosa sangre se derrame sobre toda fuerza negativa, espíritu o energía que pretenda alejarme de tu divina gracia, para que estas expresiones de malignidad y oscurantismo, sean diluidas, disueltas, evaporadas, extinguidas y enviadas al lugar que tu ordenes, para que definitivamente se aparten de mi. Gracias Señor Jesús por tu redención y por tu misericordia. Amen y amen…

COMENTARIO

(APLICACIÓN A NUESTRA VIDA)

La vida nos ofrece situaciones difíciles, traumáticas, dolorosas, cargadas de tristezas, de penas y de enfermedades. Y en razón de ellas las debilidades y las dudas nos hacen vulnerables a los ataques de las sombras. Ninguno de nosotros está exento señor de estas vicisitudes. Hoy Señor Jesús cuando esas dudas tocan mi casa , cuando mi cuerpo ha sido afectado y maltratado por algunas e intensas y muy dolorosas situaciones de incredulidad, de minimización de fe en tu poder, gloria, divinidad y misericordia, recurro a ti aún a sabiendas que no soy digno de que entres en mi casa y mi sanes. Se que únicamente acudo a ti cuando las dificultades tocan mi puerta o los problemas me abruman. Reconozco mis culpas y mis pecados y me arrepiento de ellos. Pongo toda mi fe en ti señor Jesús, en la seguridad de que por tu misericordia, por el amor que nos tienes, por tu caridad, por tu piedad y por la esperanza de los que creemos en ti y la fe que hemos depositado en tu amor , al reconocer tu primogenitura divina, tu misión redentora y salvífica, la expiación de nuestros pecados pasados presentes y futuros a través de tu muerte ignominiosa en el madero de la Cruz, al reconocer tu capacidad de perdón infinita y el deseo tuyo de que ninguna de tus criaturas se pierda; me da la suficiente valentía, humildad y pequeñez para rogarte, para pedirte, que me libres de toda duda, de las falsedades que el mundo presenta y ofrece, para que consolides mi fe y me sanes de cuerpo y alma y que esa salvación sea principalmente la de mi alma, la cual te pertenece. Gracias Dios Padre, Dios Hijo y Dios Espíritu Santo. Pido también la intercesión de nuestra Virgen Madre María, Madre de Dios y Madre Nuestra. Animo, gozo, alegría…



LA ORACIÓN ES UN INSTRUMENTO EFICAZ PARA DISIPAR LAS DUDAS... MEGF.

LA NOTA CORTA. “ACTITUDES Y CONDUCTAS QUE CONVIENE RECORDAR Y PRACTICAR”.


EL HOMBRE JUSTO SE VERÁ SACIADO EN JUSTICIA Y RECOMPENSADO EN PAZ...MEGF.


LA NOTA CORTA. “ACTITUDES Y CONDUCTAS QUE CONVIENE RECORDAR Y PRACTICAR”.

POR PROF. DR. MERVY ENRIQUE GONZÁLEZ FUENMAYOR
MARACAIBO.ESTADO ZULIA.REPÚBLICA DE VENEZUELA.AMÉRICA DEL SUR
REDACTADO Y PUBLICADA EN LA RED MARTES 10 DE NOVIEMBRE DE 2009.

Los seres humanos por lo general vivimos irreflexivamente. Esta actitud es el resultado del apego a lo mundano y al distanciamiento de Dios. Fácilmente se olvida que tenemos “una carta de navegación”, “un código de conducta y actitudes” que debemos cumplir si realmente tenemos la pretensión de vivir felizmente, en sana paz, con salud, con prosperidad y bajo la conducción y tuitividad del Padre Dios.
Las siguientes líneas subsumen algunas verdades y modos de comportamiento que serían útiles y muy benéficos para cualquier individuo.


“1 El hombre reacio a las reprensiones será destrozado de golpe y sin remedio.

2 Cuando gobiernan los justos, el pueblo se alegra; cuando domina un malvado, el pueblo gime.

3 El que ama la sabiduría es la alegría de su padre, el que frecuenta prostitutas dilapida sus bienes.

4 Con el derecho, un rey da estabilidad al país, pero el que lo abruma con impuestos lo arruina.

5 El hombre que adula a su prójimo le tiende una red bajo sus pies.

6 En el crimen del malvado hay una trampa, pero el justo corre lleno de alegría.

7 El justo se preocupa por la causa de los pobres, pero el malvado es incapaz de comprender.

8 Los provocadores alborotan la ciudad, pero los sabios calman la efervescencia.

9 Cuando un sabio entra en pleito con un necio, sea que se irrite o se divierta, no resuelve nada.

10 Los sanguinarios odian al hombre íntegro, pero los rectos buscan su compañía.

11 El insensato da libre curso a su mal humor, pero el sabio lo refrena y apacigua.

12 Si un jefe se deja llevar de habladurías, todos sus servidores se vuelven malvados”.( Fragmentos del Libro de Proverbios, capítulo 29 )


EL HOMBRE JUSTO SE VERÁ SACIADO EN JUSTICIA Y RECOMPENSADO EN PAZ...MEGF.

lunes, 9 de noviembre de 2009

ORACIÓN“DE MIS ENEMIGOS LÍBRAME”


EL ENEMIGO MAS PELIGROSO DEL HOMBRE ES SU FRAGIL NATURALEZA...MEGF.




ORACIÓN“DE MIS ENEMIGOS LÍBRAME”

POR PROF. DR. MERVY ENRIQUE GONZÁLEZ FUENMAYOR
MARACAIBO.ESTADO ZULIA.REPÚBLICA DE VENEZUELA.AMÉRICA DEL SUR
REDACTADA Y PUBLICADA EN LA RED LUNES 09 NOVIEMBRE DE 2009.

O R A C I Ó N

Señor mío y Dios mío. “yo, por tu inmensa bondad, llego hasta tu Casa, y me postro ante tu santo Templo con profundo temor. Guíame, Señor, por tu justicia, porque tengo muchos enemigos: ábreme un camino llano. Así se alegrarán los que en ti se refugian y siempre cantarán jubilosos; tú proteges a los que aman tu Nombre, y ellos se llenarán de gozo. Porque tú, Señor, bendices al justo, como un escudo lo cubre tu favor”. Amen y amen… (Fragmentos del Salmo 05)

COMENTARIO

(APLICACIÓN A NUESTRA VIDA)
Mis alabanzas son proclamadas para y por ti, mis temores son vencidos por el profundo amor y protección que tu le das a tus hijos, Padre Bueno. Bendito seas por siempre Señor. Mis enemigos, los que se han conjurado en mi contra, los que me maldicen y desean mi muerte, aséchanme dia tras dia, más mi fe en ti me consuela y me concede las fuerzas suficientes para enfrentar tan oscuras fuerzas. Has mostrado tu misericordia a quienes te invocan, te claman y siguen tus pasos. Imploro tu guiatura, tu orientación y conducción. Toma mi mano Señor y llévame por caminos de luz, de verdad, de rectitud, de justicia, amor, perdón, fortaleza espiritual e infinita fe en tu piedad, caridad y amor al prójimo. Ánimo, gozo, alegría…



EL ENEMIGO MAS PELIGROSO DEL HOMBRE ES SU FRAGIL NATURALEZA...MEGF.

LA NOTA CORTA. “SEÑALES EN LA OSCURIDAD”. *** El hombre de bien obtiene el favor del Señor, pero el Señor condena al malicioso. Proverbios 12,2


SAN FRANCISCO DE ASÍS ES UNA SEÑAL DE LUZ Y EJEMPLO A SEGUIR... MEGF



LA NOTA CORTA. “SEÑALES EN LA OSCURIDAD”. *** El hombre de bien obtiene el favor del Señor, pero el Señor condena al malicioso. Proverbios 12,2

POR PROF. DR. MERVY ENRIQUE GONZÁLEZ FUENMAYOR
MARACAIBO.ESTADO ZULIA.REPÚBLICA DE VENEZUELA.AMÉRICA DEL SUR
REDACTADA Y PUBLICADA EN RED LUNES 09 NOVIEMBRE DE 2009.

La vida es un compromiso con nosotros mismos, pero en principio con Dios. Este hermoso regalo de nuestro Señor requiere y exige por parte nuestra el cultivo de los valores del espíritu, el ejercicio espiritual e inteligente del libre arbitrio, de la libre capacidad de elegir y actuar, pero esencialmente, este requerimiento y/o exigencia debe - - - ab initio - - - tener como asidero, como fuente principal ,como señales en la oscuridad del mundo: LA PALABRA Y LAS ENSEÑANZAS DE DIOS CONTENIDAS EN NUESTRA SANTA BIBLIA Y EN LAS DE NUESTRA SANTA IGLESIA CATÓLICA,APÓSTOLICA Y ROMANA.

Es difícil no errar en nuestras elecciones y actuaciones. Somos seres humanos, somos carnales y en consecuencia muy frágiles ante las tentaciones y los ofrecimientos “envueltos en una quimera” del padre de la mentira, del príncipe de las tinieblas, del monarca de la oscuridad. La riqueza, el poder, los desenfrenos, las desviaciones sexuales, el materialismo, las drogas, la indolencia, la maldad, los vicios, la injusticia, la mentira, la maldad etc. son apenas minúsculos ejemplos de la banalidad, la superficialidad y las actitudes o conductas impropias de quien decidió vivir “para disfrutar de todo lo que Dios colocó a disposición del hombre, sin medir limites, naturaleza de los actos y ajuste de estos a los designios de nuestro señor”. Para que tengamos algunos referentes inspiradores de nuestras decisiones y modos de comportamiento, ofrecemos a nuestros lectores, algunas “SEÑALES EN LA OSCURIDAD” reinante en el mundo actual. Aspiro a que puedan ser de utilidad, observemos:

PRECEPTIVA DE LA BUENA ACTITUD Y EL BUEN COMPORTAMIENTO.

“1 El que ama la corrección, ama la ciencia, y el que detesta la reprensión se embrutece.

2 El hombre de bien obtiene el favor del Señor, pero el Señor condena al malicioso.

3 Nadie se afianza por medio de la maldad, pero la raíz de los justos será inconmovible.

4 Una mujer perfecta es la corona de su marido, la desvergonzada es como caries en sus huesos.

5 Los proyectos de los justos son rectos, las maquinaciones de los malvados no son más que engaño.

6 Las palabras de los malvados son emboscadas sangrientas, pero a los hombres rectos los libra su propia boca.

7 Apenas derribados, los malvados no existen más, pero la casa de los justos se mantiene en pie.

8 A un hombre se lo alaba por su buen juicio, pero el de corazón falso cae en la ignominia.

9 Más vale hombre sencillo que se basta a sí mismo que jactancioso al que le falta el pan.

10 El justo provee a las necesidades de su ganado, pero las entrañas de los malvados son crueles.

11 El que cultiva su tierra se saciará de pan, pero el que persigue quimeras es un insensato.

12 El malvado codicia la presa de los impíos, pero la raíz de los justos está bien afianzada.

13 En el pecado de los labios hay una trampa funesta, pero el justo escapa del peligro.

14 El hombre se sacia con el fruto de sus palabras, y cada uno recibe el salario de su trabajo.”. (Fragmentos extraídos del Libro de Proverbios, capítulo 12)



SAN FRANCISCO DE ASÍS ES UNA SEÑAL DE LUZ Y EJEMPLO A SEGUIR... MEGF

domingo, 8 de noviembre de 2009

LA NOTA CORTA¿ES CONVENIENTE SER ORGULLOSO? “EL ORGULLO..PRECEPTIVA EN EL VIEJO TESTAMENTO (SANTA BIBLIA)”.


EL ORGULLO Y LA SOBERBIA ALEJAN AL HOMBRE DE SU CREADOR Y LO ACERCAN AL DEMONIO...MEGF




LA NOTA CORTA¿ES CONVENIENTE SER ORGULLOSO? “EL ORGULLO..PRECEPTIVA EN EL VIEJO TESTAMENTO (SANTA BIBLIA)”.

POR PROF. DR. MERVY ENRIQUE GONZÁLEZ FUENMAYOR
MARACAIBO.ESTADO ZULIA.REPÚBLICA DE VENEZUELA.AMÉRICA DEL SUR
REDACTADA Y PUBLICADA EN RED DOMINGO 08 NOVIEMBRE DE 2009.

Antes de transcribir la palabra inspirada de Dios extraída del Libro del Eclesiástico, capítulo 10, versículos 6 al 18, traemos para el lector lo que para el Diccionario de la Real Academia Española, significan las voces: a) ORGULLO, b) SOBERBIA, c) SOBERBIO, BIA, y d) POBRE Y SOBERBIO, a los fines de su análisis comparativo temporal y para que arribe a sus propias conclusiones.

Orgullo. (Del cat. orgull).1. m. Arrogancia, vanidad, exceso de estimación propia, que a veces es disimulable por nacer de causas nobles y virtuosas.

Soberbia.
(Del lat. superbĭa).1. f. Altivez y apetito desordenado de ser preferido a otros.
2. f. Satisfacción y envanecimiento por la contemplación de las propias prendas con menosprecio de los demás.
3. f. Especialmente hablando de los edificios, exceso en la magnificencia, suntuosidad o pompa.
4. f. Cólera e ira expresadas con acciones descompuestas o palabras altivas e injuriosas.
5. f. ant. Palabra o acción injuriosa.

________________________________________

Soberbio, bia. (Del lat. superbus, infl. por soberbia).
1. adj. Que tiene soberbia o se deja llevar de ella.
2. adj. Alto, fuerte o excesivo en las cosas inanimadas.
3. adj. Grandioso, magnífico.
4. adj. Dicho ordinariamente de un caballo: Fogoso, orgulloso y violento.
Pobre y soberbio.1. m. El que, teniendo necesidad de auxilio o socorro, procura ocultarlo no admitiéndolo, o el que no se contenta con lo que le dan o con el favor que le hacen, por creerse merecedor de más.







LIBRO DEL ECLESIÁSTICO: CAPÍTULO 10, VERSOS 6 AL 18...


6.- No guardes rencor a tu prójimo por ninguna injuria ni hagas nada en un arrebato de violencia.

7.- La soberbia es odiosa al Señor y a los hombres y la injusticia es ofensiva para ambos.

8.- La realeza pasa de una nación a otra, a causa de la injusticia, la prepotencia y la codicia.

9.- ¿De qué se ensoberbece el que es polvo y ceniza, si aún en vida sus entrañas están llenas de podredumbre?

10.- Una larga enfermedad desconcierta al médico, y el que hoy es rey, mañana morirá.

11.- Cuando un hombre muere, recibe como herencia larvas, fieras y gusanos.

12.- El orgullo comienza cuando el hombre se aparta del Señor y su corazón se aleja de aquel que lo creó.

13.-Porque el comienzo del orgullo es el pecado y el que persiste en él, hace llover la abominación:
por eso el Señor envió calamidad imprevista, arrasó a los soberbios hasta aniquilarlos.

14.- El Señor derribó los tronos de los poderosos y entronizó a los apacibles en lugar de ellos.

15.- El Señor arrancó de raíz a las naciones y plantó a los humildes en lugar de ellos.

16.- El Señor arrasó los territorios de las naciones y las destruyó hasta los cimientos de la tierra.

17.- A Algunas las arrasó y las hizo desaparecer, y borró hasta su recuerdo de la tierra.

18.- El orgullo no fue creado para el hombre, ni el arrebato de la ira para los nacidos de mujer.
¿ES CONVENIENTE SER ORGULLOSO AMIGO LECTOR?JUZGUE USTED…


EL ORGULLO Y LA SOBERBIA ALEJAN AL HOMBRE DE SU CREADOR Y LO ACERCAN AL DEMONIO...MEGF

LAS CIENCIAS JURÍDICAS Y SUS TEMAS.REFLEXIONES. 1.-APUNTES SOBRE ELCONTRATO DE TRABAJO”


EL CONTRATO DE TRABAJO ESCRITO, ES GARANTIA PARA EL TRABAJADOR Y SU EMPLEADOR.MEGF.



LAS CIENCIAS JURÍDICAS Y SUS TEMAS.REFLEXIONES. 1.-APUNTES SOBRE ELCONTRATO DE TRABAJO”

POR PROF. DR. MERVY ENRIQUE GONZÁLEZ FUENMAYOR
MARACAIBO.ESTADO ZULIA.REPÚBLICA DE VENEZUELA.AMÉRICA DEL SUR
REDACTADA Y PUBLICADA EN LA RED DOMINGO 08 NOVIEMBRE DE 2009

N O T A A C L A R A T O R I A
Las líneas contenidas (de mi autoría) en este artículo forman parte de una investigación documental en la que participé como tutor, facilitador y sistematizador de los contenidos y en cierto grado como co-redactor, de un Trabajo de Investigación presentado por uno de mis estudiantes de la Maestría en el Área Laboral. Incluyo esta nota a los efectos de impedir la maledicencia- - - ocurrida en una ocasión reciente - - - de quien pretenda por razones de envidia académica u otras, eventualmente, afirmar que estas reflexiones técnicas-jurídicas, no sean de mi autoría, lo que me obliga de aquí en lo adelante ,a incluir esta nota. Por otra parte, asume el riesgo el lector o quien desee valerse de este esfuerzo intelectual, pues se han producido, respecto del contenido de estos apuntes sobre el contrato de trabajo, algunos cambios de doctrina, de regulación normativa (Como consecuencia de Resoluciones Ministeriales, Reglamentos focalizados en algunas areas laborales, etc.) y de la jurisprudencia de nuestro mas alto tribunal (TSJ ) en sus Salas de Casación Social y la Sala Constitucional .Maracaibo, domingo 08 noviembre 2009)

EL CONTRATO DE TRABAJO.ENSAYO DE ALGUNAS DEFINICIONES.

El contrato es la figura jurídica fundamental del Derecho del Trabajo, ello debido a que representa uno de los elementos que lo originan y la razón de su existencia como disciplina jurídica autónoma; sin duda, delimita el campo de aplicación de las normas laborales y en gran medida de la normativa de Seguridad Social.
Pérez Botija (1989: p53) lo define como “acuerdo expreso o tácito, por el cual una persona realiza obras o presta servicios por cuenta de otra, bajo su dependencia, a cambio de una remuneración, presta profesionalmente servicios a otra, transfiriéndole su resultado”. Mientras que Alonso Olea (1991:p 72) dice que el contrato de trabajo es “una relación jurídica, por virtud de la cual los frutos del trabajo pasan “ab initio” desde el momento mismo de su producción, a integrar el patrimonio de persona distinta del trabajador”. En las dos últimas definiciones se hace especial énfasis en la “ajenidad” del resultado o frutos del trabajo, como nota definitoria del contrato de trabajo, frente a otras, que resaltan más el estado de dependencia o subordinación. La verdad es que no es una sola, sino varias, las notas que configuran el contrato de trabajo.
El Art. 67 de la Ley Orgánica del Trabajo Venezolana (L.O.T) lo define como “...aquel mediante el cual una persona se obliga a prestar servicios a otra bajo su dependencia y mediante una remuneración”.
Asimismo, citando la legislación laboral española a través del Art. 1 del Estatuto del Trabajo encontramos que el mismo establece lo siguiente: “la presente ley será de aplicación a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena, y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario”. Según este artículo el contrato de trabajo será la relación jurídica que surge entre los trabajadores que prestan voluntariamente sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica y esta otra persona, denominada empleador o empresario.
En este orden de ideas, puede destacarse que todos los conceptos de contrato de trabajo dados por el Derecho Positivo convergen en ciertos parámetros básicos que le otorgan sustancia laboral y los diferencian a su vez de contratos de otra naturaleza, tal como civil o mercantil. Tales parámetros o requisitos concurrentes se encuentran adecuadamente señalados por Juan Garay (2001:p197) como: “a) prestación de un servicio; b) remuneración por el servicio prestado; y c) subordinación de quien presta el servicio con respecto a quien lo paga. Al respecto resulta importante indicar que nuestro Tribunal Supremo de Justicia ha sido conteste con tales exposiciones, y así lo ha ratificado en numerosas decisiones que serán objeto de posterior estudio en la presente investigación, pudiendo anticipadamente señalar la sentencia de fecha 16 de marzo de 2000 efectuada por la Sala de Casación Social la cual reza:“Por todo ello esta Sala considera que la existencia de un contrato de compra venta mercantil entre dos personas jurídicas y la prestación del servicio personal por otra persona distinta a los demandantes, de manera ocasional, no son suficientes para desvirtuar la existencia de la relación de trabajo, pues de las pruebas examinadas por el juez de Alzada se evidencia que no fueron destruidos los elementos característicos de la relación de trabajo: prestación personal del servicio, labor por cuenta ajena, subordinación y salario, pues no basta la existencia de un contrato mercantil entre el patrono y un tercero y la prestación accidental del servicio por otra persona, por aplicación de los principios de irrenunciabilidad de los derechos del trabajo y de primacía de la realidad, antes referidos, para desvirtuar la presunción laboral, sino que debió el patrono demostrar con plena prueba que la prestación personal del servicio se efectuó en condiciones de independencia y autonomía, que permitieran al juez arribar a la absoluta convicción de que la relación jurídica que los vincula es de una condición jurídica distinta, circunstancia esta última ausente en el caso examinado, y, como se ha demostrado en el caso de autos, que los actores prestaban un servicio personal a la demandada y que ésta no desvirtuó la presunción legal, ha debido el Juez aplicar la norma al caso concreto, porque de no ser así evadirían fácilmente el cumplimiento de las normas en materia de Derecho Laboral”.

Con fundamento a lo anterior puede concluirse que el Contrato de trabajo, es el acuerdo de voluntades en virtud del cual el trabajador se compromete a prestar sus servicios por cuenta ajena, bajo la dirección y dentro de la entidad que corresponde a la persona física o jurídica que le contrata, a cambio de una remuneración. En la actualidad y sobre la base de la constatada disparidad de fuerzas entre empresario y trabajador, las normas reguladoras del referido contrato tienden a ser normas imperativas en su mayoría y, como tales, sustraídas a la autonomía de la voluntad de las partes contratantes, de las que resultan condiciones laborales más dignas en el ámbito de lo posible.
En adición a lo anterior se alude que cabe presumir que existe un contrato de trabajo entre todo el que presta un servicio por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de otro, y el que lo recibe a cambio de la retribución que satisface; por ello, en tales casos y aunque no medie una expresa declaración contractual verbal o escrita, se está en presencia de un comportamiento concluyente, en el orden jurídico relevante; todo ello gracias a los principios de irrenunciabilidad de los derechos del trabajo y de primacía de la realidad, que hacen que sea carga probatoria para el patrono el demostrar que la prestación personal del servicio se efectuó en condiciones de independencia y autonomía, por lo que la relación jurídica que lo vincula es de una condición jurídica distinta.
EL CONTRATO DE TRABAJO Y ALGUNAS OTRAS FIGURAS JURÍDICAS.
El contrato de trabajo es un contrato para el que vale, en principio, el concepto de contrato del Código Civil (Art. 1.133), pero se trata de un contrato singular que no puede reconducirse a ninguna de las variedades contractuales previstas en el mismo. La singularidad radica en la prestación de la actividad, inseparable de la persona que la presta. Se da en el contrato de trabajo una íntima conexión entre el sujeto del contrato (el trabajador) y el objeto del mismo (la prestación de la actividad laboral), en cuanto esta prestación es inseparable de la persona del trabajador. El trabajador está personal, directa e inmediatamente implicado en la prestación de su actividad, cuyos frutos hace suyos el empresario. Por ello se dice que la prestación laboral es una prestación personalísima con carácter “sui generis”, específico, distinto de los demás, en el que sin dejar de valorarse los aspectos patrimoniales se estiman también y, en mayor medida, los aspectos jurídico-personales de la relación laboral.
Por otra parte, en el contrato de trabajo, como en todo contrato, hemos de distinguir dos aspectos: una función constitutiva o creadora de la relación jurídica laboral que es el pacto o acuerdo de voluntades entre empresario y trabajador, que consienten en obligarse recíprocamente, y una función reguladora o normativa de los efectos de la relación jurídica creada que, por su carácter de contrato de ejecución continuada, prolonga estos efectos en el tiempo, y en tanto subsiste la relación jurídica laboral.
En su primera función, la autonomía de la voluntad de las partes es fundamental para la constitución de la relación obligacional, esta autonomía de la voluntad pierde relevancia en lo que se refiere a la función reguladora de los efectos de la relación, por la extensa ordenación estatal de las relaciones laborales, que, con carácter imperativo, se impone “desde fuera” a la autonomía de las partes y que es lo que se conoce como regulación heterónoma del contrato de trabajo.
En éste sentido, las modificaciones que se pueden introducir a un Contrato de Trabajo, que serán objeto de estudio a continuación, pueden distinguirse en modificaciones unilaterales que puede realizar el empleador, y modificaciones que requieren del consentimiento del trabajador.
Finalmente puede decirse que el contrato de trabajo, como contrato “sui generis”, se puede diferenciar de los siguientes contratos:
El carácter personalísimo de la prestación laboral aleja al contrato de trabajo del de compraventa. En ésta el objeto del contrato, la cosa vendida, es claramente distinto y separable del sujeto contratante.
Tampoco se puede asimilar al contrato de sociedad ya que éste armoniza intereses coincidentes de las partes, mientras que el contrato de trabajo, por definición, trata de armonizar intereses contrapuestos, los del trabajador y los del empresario (por ejemplo al trabajador le interesa cobrar lo máximo posible, reducir la jornada, y al empresario reducir el coste de personal, etc).
Tampoco el contrato de mandato es asimilable. Este contrato contempla la realización de negocios por cuenta de otro, en su lugar, y el trabajador no trabaja en lugar del empresario. Además en el mandato el mandatario puede ser sustituido mientras que el trabajador no puede serlo dado el carácter personalísimo del contrato de trabajo.
Más afinidad presenta con la figura del arrendamiento de servicios o contrato de obras regulada en el Código Civil. El contrato de trabajo no es sino un desarrollo perfeccionado del arrendamiento de servicios civil y constituye una zona fronteriza, de no siempre fácil delimitación, objeto, aún hoy, de copiosa jurisprudencia.
Para la doctrina laboral, la diferencia radica básicamente en la traslación de la propiedad de los frutos, que en el contrato de trabajo pertenecen “ab initio” al empresario, nota que no es característica del arrendamiento de servicios.
El contrato de trabajo es una figura contractual típica que goza de una regulación unitaria y con unos principios informadores propios y distintos de cualquier otro contrato contemplado en el Código Civil.
ALGUNAS CARACTERISTICAS DEL CONTRATO DE TRABAJO.
En éste sentido sus CARACTERES o notas definitorias son:
Es un contrato bilateral ya que genera obligaciones para ambas partes.
Es un contrato oneroso pues supone que cada parte (trabajador y empresario) experimenta una carga o sacrificio, con la prestación a la que se obliga: prestación de servicios al trabajador y retribución del empresario.
Tiene carácter sinalagmático, dado el carácter recíproco de las prestaciones de las partes.
Es conmutativa en cuanto que cada parte, al contratar, tiene como ciertas las prestaciones a las que se obliga.
Es un contrato de tracto sucesivo o de ejecución continuada ya que sus efectos no se agotan en el mismo acto del contrato sino que se prolongan y dilatan en el tiempo.
Es un contrato consensual que se perfecciona por el mero consentimiento de las partes.
Todas estas notas son predicables del concepto impuesto por nuestra Ley del Trabajo, mediante el Art. 67 ya señalado, del que además se observan como sus elementos típicos los siguientes:
ALGUNOS ELEMENTOS O FACTORES INTEGRANTES DEL CONTRATO DE TRABAJO.
Voluntariedad. Los servicios a que el trabajador se obliga han de realizarse voluntariamente.
La prestación de servicios constituye la obligación básica del trabajador y es al mismo tiempo el objeto del contrato de trabajo. Se trata de una prestación de actividad, no de resultado. En el término de servicios comprende cualquier tipo de trabajo. Se trata en todo caso de servicios prestados personalmente por el trabajador contratante, dado el carácter personalísimo de la prestación laboral.
Retribución. Los servicios se prestan por cuenta ajena. Se prestan para otro que es el empresario, quien adquiere, por el contrato, la titularidad de los frutos o resultados del trabajo. Existe una cesión anticipada, o “a priori” por el mero hecho de celebrar el contrato. Gran parte de la doctrina laboral, hoy dominante ven en la ajenidad la nota definitoria y esencia misma del contrato de trabajo, frente a la nota de dependencia o subordinación.
Dependencia o subordinación. Los servicios del trabajador se prestan dentro del ámbito de organización y dirección del empresario o empleador. La moderna noción de dependencia, ésta no como una subordinación rigurosa y absoluta del trabajador a su patrono, sino que basta para que haya que apreciarla que se halle comprendida dentro del círculo rector y disciplinario de éste.
N O T A F I N A L.
Hasta aquí estos breves apuntes .Recomendamos su rectificación y actualización en lo que corresponda., en virtud del tiempo transcurrido desde que escribí algunos aspectos del presente artículo, en otra Investigación Documental de mi autoría, amen de los criterios asumidos por mi, los cuales como resulta obvio, han venido cambiando conforme al desarrollo y la dinámica del Derecho del Trabajo.



EL CONTRATO DE TRABAJO ESCRITO, ES GARANTIA PARA EL TRABAJADOR Y SU EMPLEADOR.MEGF.